A partir de la Ley N° 18.211 del 5 de diciembre de 2007, se crea el Sistema
Integrado de Salud (SNIS). En el Artículo 68° de la mencionada Ley, se
establece que los funcionarios públicos y otros dependientes del Estado
que tengan regímenes de cobertura médica aprobados por Ley, o aún por
otras normas que no sean Leyes, los mantendrán hasta que los mismos
sean modificados por las autoridades competentes, sin perjuicio de
aportar al Fondo Nacional de Salud según corresponda, por aplicación de
las disposiciones de la misma Ley. Este Artículo se reglamentó por el
Decreto 176/008 del 25 marzo 2008.
En el caso particular de ANCAP, el Directorio aprobó el 31 julio 1956 la
propuesta realizada por el Dr. Rómulo Ardao de los lineamientos para un
servicio integral de salud que comienza a operar en 1957.
En vista del Artículo 68° de la mencionada Ley, el Poder Ejecutivo otorgó a
ANCAP sucesivas prórrogas para incorporar a los funcionarios al SNIS:
Decretos N° 323/008, de 26 de junio de 2008, N° 421/010, de 30 de
diciembre de 2010 y N° 425/013, de 27 de diciembre de 2013, y por último
el N° 173/016 del 6 de junio del 2016 donde se otorga plazo hasta el 30 de
junio 2017 para consolidar el proceso de reconversión y especialización
del servicio de Salud de ANCAP.
A partir del 1° de julio, habiéndose extinguido el plazo establecido por el
decreto 173/16 para el régimen transicional, se producirán los siguientes
cambios en la atención de los actuales usuarios del Servicio Médico de
ANCAP:
. Los actuales usuarios pasarán a recibir las prestaciones por parte del
Prestador Integral de Salud que actualmente recibe las cápitas del
FONASA.
. ANCAP ha realizado gestiones para que este prestador tenga
especial consideración con los usuarios críticos, asegurando la
continuidad de los tratamientos en curso. La Asociación Española se
ha comprometido a respetar todas las consultas y tratamientos
agendados.
. Para apoyar a los usuarios en esta transición se ha establecido un
Centro de Coordinación a cargo de la Dra. Mónica Catenaccio de
ANCAP y el Dr. Miguel Acerenza de la Asociación Española con sus
respectivos equipos, al que pueden dirigirse consultas a través del
teléfono 1931 --interno 2357, en el horario de 9 a 17 horas y por el
correo coordinacionmedica@ancap.com.uy
. Se mantiene el sistema de emergencia móvil del SEMM por 60 días.
. Algunas prestaciones de odontología no forma parte de las
prestaciones del SNIS, por lo que ANCAP ha decidido continuar
brindando un beneficio de odontología.
. Para ello se sugiere a los odontólogos y su personal de apoyo
organizarse como empresa o cooperativa y realizar una propuesta a
ANCAP, la que será licitada para su contratación.
. ANCAP continuará contratando el servicio de una empresa
especializada para realizar las certificaciones médicas a efectos de
justificar ausencias.
Cambios concernientes a las personas que actualmente se desempeñan
en el Servicio Médico de ANCAP:
. El Directorio de ANCAP reconoce que sus funcionarios requieren de
un seguimiento de su salud con conocimientos sobre la exposición a
agentes ambientales específicos, que se enriquece con la
experiencia acumulada a través de los años, para la prevención de
enfermedades laborales y promoción de políticas que favorezcan
una salud física y mental óptima en relación al trabajo.
. Para capitalizar estos conocimientos y desarrollar las mejores
prácticas en línea con el Convenio n° 161 de la OIT se incorpora un
área de Salud Ocupacional, dependiente de la Gerencia de MASC a
partir del 1° de julio.
. Los funcionarios presupuestados y con Contrato de Función Pública
que actualmente se desempeñan en el Servicio Médico serán
informados el 29 de junio individualmente de sus nuevas
responsabilidades dentro del área de Salud Ocupacional y/o en
otras áreas que la Administración entienda conveniente.
. A los funcionarios contratados bajo Contrato a Término de Derecho
Público, cuyos contratos vencen el 30 junio, ANCAP les ofrece
contratar su actividad profesional por un periodo transitorio de 3
meses a partir del 1° de julio que les permita la búsqueda de
alternativas laborales.
ANCAP cumple así con la normativa vigente, respetando los derechos de
usuarios y trabajadores, alineándose con los fundamentos básicos del SNIS
de aportar a la necesaria solidaridad entre todos los uruguayos y
asignando recursos adecuados para la prevención de la salud laboral en
línea con las mejores prácticas de la industria. En este espíritu de
solidaridad, se donarán los medicamentos existentes en el inventario de
ANCAP a hospitales públicos de zonas de influencia de la empresa.
Directorio